Tema
El Tema Común 5 de Celador/Subalterno del Servicio Murciano de Salud se centra en dos normas básicas del funcionamiento administrativo actual: la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El temario oficial no exige estudiar toda la Ley 39/2015 ni toda la Ley 40/2015, sino tres cuestiones concretas: el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración, la sede electrónica y la responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Aunque pueda parecer un tema administrativo lejano al trabajo diario del celador, tiene utilidad práctica. El personal estatutario forma parte de una Administración Pública y puede tener que relacionarse electrónicamente con ella en determinados trámites. Además, los centros sanitarios manejan procedimientos, registros, comunicaciones, solicitudes, documentación y actuaciones administrativas en las que deben respetarse garantías básicas.
1. La Ley 39/2015 y el procedimiento administrativo común
La Ley 39/2015 regula el procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Su finalidad es establecer las reglas básicas que deben seguir las Administraciones cuando tramitan procedimientos administrativos y cuando se relacionan con los ciudadanos.
Un procedimiento administrativo puede entenderse como el conjunto ordenado de trámites que sigue la Administración para dictar una resolución o realizar una actuación con efectos jurídicos. Puede iniciarse de oficio, por la propia Administración, o a solicitud del interesado.
Aunque el Tema 5 se centra en la relación electrónica, conviene situarla dentro de esta idea: la Administración actual debe permitir y, en algunos casos, exigir que los procedimientos se tramiten por medios electrónicos.
2. Derecho a relacionarse electrónicamente con la Administración
La Ley 39/2015 reconoce que las personas físicas pueden elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse electrónicamente.
Esto significa que, con carácter general, una persona física puede optar entre la vía presencial o la vía electrónica. Además, el medio elegido puede modificarse en cualquier momento.
Por ejemplo, una persona puede presentar una solicitud de forma presencial si no está obligada a usar medios electrónicos. También puede optar por hacerlo a través de la sede electrónica si dispone de los medios necesarios.
La norma busca facilitar el acceso electrónico, pero no impone a todas las personas físicas el uso obligatorio de medios electrónicos. La obligación se reserva para determinados sujetos.
3. Obligación de relacionarse electrónicamente
El artículo 14 de la Ley 39/2015 establece quiénes están obligados, en todo caso, a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas para cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
Están obligadas las personas jurídicas. También las entidades sin personalidad jurídica, como pueden ser comunidades de bienes, comunidades de propietarios u otras entidades que actúan sin personalidad jurídica propia.
También están obligados quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, cuando realicen trámites con la Administración en ejercicio de dicha actividad profesional. La propia ley incluye expresamente dentro de este colectivo a notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
Además, está obligado quien represente a un interesado que, a su vez, esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Por último, los empleados de las Administraciones Públicas deben relacionarse electrónicamente para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma que determine cada Administración.
La diferencia entre persona física y persona jurídica es importante. Una persona física, salvo obligación específica, puede elegir. Una persona jurídica está obligada.
4. Obligación electrónica para determinados colectivos
La Ley 39/2015 permite que reglamentariamente las Administraciones establezcan la obligación de relacionarse electrónicamente para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas.
Para ello debe quedar acreditado que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos, tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
Esto permite adaptar la obligación electrónica a determinados colectivos, pero no de manera arbitraria. Debe existir una razón que justifique que esas personas pueden relacionarse electrónicamente con normalidad.
5. Asistencia en el uso de medios electrónicos
La administración electrónica no significa abandonar al ciudadano que tiene dificultades para utilizar medios digitales.
La Ley 39/2015 reconoce el derecho de las personas a ser asistidas en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
Esto tiene sentido especialmente para personas que no disponen de medios, conocimientos o recursos suficientes. En estos casos, la Administración debe facilitar la relación y evitar que la vía electrónica se convierta en una barrera.
El personal de atención, información, registro o apoyo administrativo cumple aquí una función importante. En el entorno sanitario, esta asistencia puede afectar a trámites como solicitudes, reclamaciones, comunicaciones, citas, certificados o procedimientos relacionados con la Administración sanitaria.
6. Identificación y firma electrónica
Para actuar electrónicamente ante la Administración puede ser necesario identificarse o firmar electrónicamente.
Identificarse sirve para acreditar quién es la persona que actúa. Firmar sirve para acreditar su voluntad y consentimiento respecto a una solicitud, declaración o documento.
No siempre se exige firma electrónica. En algunos trámites puede bastar con la identificación. La firma se exige cuando sea necesario acreditar la voluntad del interesado.
Los sistemas de identificación y firma deben garantizar autenticidad, integridad y seguridad. En la práctica, pueden utilizarse sistemas como certificados electrónicos, DNI electrónico, claves concertadas u otros mecanismos admitidos por cada Administración.
7. Registros electrónicos
Los registros electrónicos permiten presentar documentos, solicitudes y comunicaciones ante la Administración por medios digitales.
La existencia de registros electrónicos facilita que el ciudadano no dependa exclusivamente de una oficina física y permite presentar documentación en cualquier momento, conforme a las reglas de funcionamiento de cada sede o registro.
El registro electrónico genera un justificante o recibo que acredita la presentación realizada. Este justificante resulta importante porque permite demostrar la fecha, hora y contenido básico de la presentación.
8. Notificaciones electrónicas
Las notificaciones son el medio por el que la Administración comunica formalmente al interesado una resolución o actuación administrativa.
Cuando el interesado está obligado a relacionarse electrónicamente, las notificaciones se practicarán por medios electrónicos. Cuando no está obligado, puede elegir el medio de notificación, salvo supuestos concretos.
La notificación electrónica exige que el interesado acceda a su contenido por el sistema habilitado. Si transcurre el plazo legal sin acceder, puede entenderse rechazada en los términos previstos por la normativa.
Para el opositor, la idea importante es distinguir entre comunicación informal y notificación administrativa. Una notificación tiene efectos jurídicos y puede iniciar plazos para recurrir, alegar o cumplir una obligación.
9. La Ley 40/2015 y el Régimen Jurídico del Sector Público
La Ley 40/2015 regula el régimen jurídico del sector público. Se ocupa de cuestiones como los órganos administrativos, la competencia, los convenios, el funcionamiento electrónico del sector público y la responsabilidad de las Administraciones y de su personal.
En este tema interesa especialmente el artículo 38, relativo a la sede electrónica, y los artículos dedicados a la responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Mientras la Ley 39/2015 se centra más en el procedimiento y la relación con los interesados, la Ley 40/2015 regula la organización y funcionamiento interno del sector público.
10. La sede electrónica
La sede electrónica es una dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, organismo público o entidad de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias.
No debe confundirse con una simple página web informativa. Una sede electrónica tiene efectos jurídicos y permite realizar actuaciones administrativas con garantías.
A través de una sede electrónica pueden consultarse trámites, presentar solicitudes, acceder a notificaciones, obtener certificados, comprobar expedientes o realizar actuaciones administrativas.
En el contexto sanitario, una sede electrónica puede facilitar trámites relacionados con empleo público, bolsas de trabajo, solicitudes, procedimientos administrativos, reclamaciones o comunicaciones con la Administración sanitaria.
11. Responsabilidad del titular de la sede electrónica
El establecimiento de una sede electrónica conlleva la responsabilidad de su titular respecto de la integridad, veracidad y actualización de la información y servicios a los que pueda accederse a través de ella.
Esto significa que la Administración titular debe cuidar que la sede no ofrezca información incorrecta, desactualizada o insegura.
La sede electrónica debe respetar principios como transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad.
También debe garantizar la identificación del órgano titular de la sede y los medios disponibles para formular sugerencias y quejas.
12. Comunicaciones seguras y accesibilidad
Las sedes electrónicas deben disponer de sistemas que permitan comunicaciones seguras siempre que sean necesarias.
La seguridad es esencial porque a través de la sede pueden tramitarse datos personales, solicitudes, documentos administrativos y actuaciones con efectos jurídicos.
Además, la publicación de información, servicios y transacciones en la sede electrónica debe respetar principios de accesibilidad y uso, de acuerdo con las normas aplicables.
Esto implica que la Administración debe facilitar que la ciudadanía pueda utilizar los servicios electrónicos en condiciones adecuadas, evitando barreras innecesarias.
13. Responsabilidad de autoridades y personal público
La Ley 40/2015 regula la responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Cuando un particular sufre daños causados por el funcionamiento de los servicios públicos, exige directamente la indemnización a la Administración correspondiente.
Después, si la Administración ha indemnizado al perjudicado y considera que una autoridad o empleado público actuó con dolo, culpa o negligencia graves, debe exigir de oficio la responsabilidad en vía administrativa.
Esta idea es importante: el ciudadano no reclama directamente al trabajador. Reclama a la Administración. Después, si procede, la Administración puede repetir contra la autoridad o empleado responsable.
14. Dolo, culpa y negligencia grave
La responsabilidad del personal no se exige por cualquier error leve o incidencia ordinaria. La ley habla de dolo, culpa o negligencia graves.
El dolo implica una actuación intencionada. La culpa o negligencia grave supone una conducta especialmente descuidada o contraria a los deberes exigibles, con relevancia suficiente para generar responsabilidad.
Para valorar la responsabilidad se ponderan criterios como el resultado dañoso producido, el grado de culpabilidad, la responsabilidad profesional del empleado público y su relación con la producción del daño.
En el trabajo diario de un celador, esto recuerda la importancia de actuar conforme a protocolos, instrucciones y funciones propias: traslado de pacientes, uso de medios adecuados, confidencialidad, respeto a los usuarios y cumplimiento de normas internas.
15. Procedimiento para exigir responsabilidad al personal
Cuando la Administración exige responsabilidad a sus autoridades o personal, debe instruir un procedimiento administrativo.
El acuerdo de inicio se notifica a los interesados. El procedimiento incluye un plazo de quince días para alegaciones, quince días para la práctica de pruebas, diez días de audiencia, propuesta de resolución en cinco días desde la finalización del trámite de audiencia y resolución en cinco días por el órgano competente.
La resolución que declara la responsabilidad pone fin a la vía administrativa.
Si además los hechos pudieran ser delito, puede pasarse el tanto de culpa a los tribunales competentes.
16. Responsabilidad penal
La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y la responsabilidad civil derivada del delito, se exige conforme a la legislación penal correspondiente.
La exigencia de responsabilidad penal no suspende necesariamente los procedimientos de responsabilidad patrimonial, salvo que la determinación de los hechos en el orden penal sea necesaria para fijar dicha responsabilidad.
Esto permite diferenciar tres planos: responsabilidad patrimonial de la Administración frente al ciudadano, responsabilidad administrativa de repetición frente al empleado público y responsabilidad penal si los hechos constituyen delito.
17. Aplicación práctica al puesto de celador
El celador no tramita normalmente expedientes complejos, pero forma parte de una organización pública y puede intervenir en situaciones que tienen efectos administrativos o asistenciales.
Puede trasladar documentación, orientar usuarios, colaborar en circuitos internos, acompañar pacientes, participar en la custodia de objetos o actuar siguiendo instrucciones del personal responsable.
En todas esas actuaciones debe respetar las normas del centro, la confidencialidad, los protocolos de traslado, la seguridad del paciente y las indicaciones de sus superiores.
Si causa un daño por actuación gravemente negligente o dolosa, puede derivarse responsabilidad en los términos legalmente previstos. Por eso este tema no es solo teoría administrativa: ayuda a entender el marco de responsabilidad dentro del servicio público.
18. Ideas clave para el opositor
La Ley 39/2015 regula el procedimiento administrativo común y la relación electrónica con las Administraciones Públicas.
Las personas físicas pueden elegir cómo relacionarse, salvo que estén obligadas.
Las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados en ejercicio, representantes de obligados y empleados públicos en trámites por su condición de empleados deben relacionarse electrónicamente.
La sede electrónica no es una simple web: es una dirección electrónica administrativa con titularidad pública y efectos jurídicos.
El titular de la sede responde de la integridad, veracidad y actualización de la información y servicios.
El particular reclama los daños a la Administración; después, si hubo dolo, culpa o negligencia grave, la Administración puede exigir responsabilidad a la autoridad o empleado.
El procedimiento de exigencia de responsabilidad incluye alegaciones, prueba, audiencia, propuesta y resolución.
Resumen Ejecutivo
Ideas fuerza
- La Ley 39/2015 regula el procedimiento administrativo común y la relación electrónica con las Administraciones Públicas.
- Las personas físicas pueden elegir el medio de relación, salvo que estén obligadas a usar medios electrónicos.
- Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración.
- También están obligadas las entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados en ejercicio, representantes de obligados y empleados públicos en trámites por su condición.
- La Administración debe asistir a las personas en el uso de medios electrónicos.
- La identificación electrónica acredita quién actúa; la firma electrónica acredita voluntad y consentimiento cuando sea necesario.
- La sede electrónica es una dirección electrónica de titularidad pública con efectos administrativos.
- La sede electrónica debe garantizar seguridad, accesibilidad, disponibilidad, transparencia y actualización.
- El titular de la sede responde de la integridad, veracidad y actualización de la información y servicios.
- Los particulares reclaman directamente a la Administración por daños causados por los servicios públicos.
- La Administración puede exigir responsabilidad a autoridades o personal si hubo dolo, culpa o negligencia grave.
- En el procedimiento de responsabilidad hay alegaciones, prueba, audiencia, propuesta y resolución.
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Glosario
Ley 39/2015
Ley 40/2015
Relación electrónica
Persona jurídica
Entidad sin personalidad jurídica
Sede electrónica
Firma electrónica
Responsabilidad patrimonial
Dolo
Negligencia grave
FAQs
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Preguntas trampa habituales
Trampa 1. Pensar que todas las personas físicas están obligadas a usar medios electrónicos
Las personas físicas pueden elegir el medio de relación, salvo que una norma les imponga la relación electrónica.
Trampa
Según la Ley 39/2015, las personas físicas, con carácter general:
Trampa 2. Confundir persona física y persona jurídica
Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
Trampa
¿Cuál de los siguientes sujetos está obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración?
Trampa 3. Creer que la sede electrónica es una simple web informativa
La sede electrónica tiene titularidad pública y permite actuaciones administrativas con garantías.
Trampa
La sede electrónica es:
Trampa 4. Reclamar directamente al empleado público
El particular reclama la indemnización a la Administración. Después, si procede, la Administración puede exigir responsabilidad a su personal.
Trampa
Si un particular sufre daños por el funcionamiento de un servicio público, debe exigir la indemnización directamente:
Trampa 5. Pensar que cualquier error permite repetir contra el empleado
La Administración exige responsabilidad a su personal cuando haya dolo, culpa o negligencia grave.
Trampa
La Administración puede exigir responsabilidad a su personal cuando el daño derive de:
Tipo Test
Conceptual
¿Qué ley regula el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?
Conceptual
¿Qué ley regula el Régimen Jurídico del Sector Público?
Conceptual
Las personas físicas, salvo obligación específica, pueden relacionarse con la Administración:
Examen
Están obligadas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas:
Examen
También están obligadas a relacionarse electrónicamente:
Conceptual
Quien representa a un interesado obligado a relacionarse electrónicamente:
Conceptual
Los empleados públicos deben relacionarse electrónicamente con su Administración:
Conceptual
La identificación electrónica sirve principalmente para:
Conceptual
La firma electrónica se utiliza para:
Examen
La sede electrónica es una dirección electrónica cuya titularidad corresponde:
Examen
El establecimiento de una sede electrónica conlleva responsabilidad del titular respecto de:
Conceptual
Las sedes electrónicas deben permitir comunicaciones seguras:
Conceptual
La publicación de servicios y transacciones en sedes electrónicas debe respetar:
Examen
Los particulares exigirán directamente las indemnizaciones por daños causados por autoridades y personal:
Examen
Cuando la Administración haya indemnizado al lesionado, exigirá de oficio responsabilidad a su personal si incurrió en:
Conceptual
Para cuantificar la responsabilidad del personal se ponderará, entre otros criterios:
Examen
En el procedimiento de responsabilidad del personal, el plazo de alegaciones es de:
Examen
En el procedimiento de responsabilidad, la audiencia se concede por un plazo de:
Examen
La propuesta de resolución en el procedimiento de responsabilidad se formula en un plazo de:
Examen
La resolución declaratoria de responsabilidad: