Tema
El Tema Común 4 de Celador/Subalterno del Servicio Murciano de Salud trata las situaciones administrativas, permisos y licencias del personal estatutario.
Este tema se apoya en tres normas: la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud; la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud; y el Estatuto Básico del Empleado Público.
La idea central es sencilla: el personal estatutario no siempre se encuentra trabajando de forma ordinaria en su puesto. Puede estar en servicio activo, en servicios especiales, en excedencia, en suspensión de funciones o en otras situaciones previstas legalmente. Además, puede disfrutar de permisos, licencias, vacaciones y modalidades de prestación como el teletrabajo, siempre conforme a los requisitos aplicables.
1. Servicio activo
El servicio activo es la situación normal del personal estatutario. Se encuentra en servicio activo quien ocupa plaza o puesto y presta servicios efectivos en el Servicio Murciano de Salud.
También puede mantenerse esta situación en determinados supuestos en los que el personal conserva todos los derechos propios de su relación estatutaria, aunque exista una circunstancia concreta que afecte temporalmente a su prestación.
Para el opositor, la regla básica es esta: servicio activo equivale a prestación efectiva de servicios o situación legalmente equiparada.
Un dato preguntable: en los test aparece con frecuencia que el personal en permisos por maternidad o paternidad se considera en servicio activo, no en excedencia ni en suspensión.
2. Servicios especiales
Los servicios especiales son una situación administrativa en la que el personal deja de prestar su servicio ordinario porque pasa a desempeñar determinados cargos, funciones o actividades de interés público.
La clave está en que no se pierde el vínculo con la Administración. En muchos supuestos se conserva el cómputo del tiempo a efectos de antigüedad y determinados derechos de reserva.
Un supuesto especialmente preguntable es el del personal autorizado por la Administración para prestar servicios o colaborar con organizaciones no gubernamentales que desarrollen programas de cooperación o para participar en programas de cooperación nacional o internacional por periodos superiores a seis meses. En ese caso, puede ser declarado en servicios especiales, con derecho al cómputo de tiempo a efectos de antigüedad y reserva de la plaza de origen.
3. Servicios bajo otro régimen jurídico
Esta situación aparece cuando el personal estatutario fijo acepta una oferta de cambio de su relación de empleo para prestar servicios en centros gestionados mediante determinadas fórmulas organizativas distintas.
El dato importante es que el personal en servicios bajo otro régimen jurídico tiene derecho al cómputo del tiempo a efectos de antigüedad. Además, durante los tres primeros años conserva derecho a la reincorporación al servicio activo en la misma categoría y área de salud de origen o, si no fuera posible, en áreas limítrofes.
Dato preguntable: esos tres primeros años son una cifra típica de examen.
4. Servicios de gestión clínica
La situación de servicios de gestión clínica se aplica al personal estatutario fijo que acepta voluntariamente un cambio en su relación de empleo para acceder a funciones de gestión clínica cuando la naturaleza de las instituciones donde se desarrollen esas funciones no permita prestar servicios como personal estatutario fijo en activo.
En esta situación, el personal tiene derecho al cómputo del tiempo a efectos de antigüedad y a la reserva de su plaza de origen.
La trampa habitual es pensar que solo conserva antigüedad pero no plaza. En este caso, conserva ambas cosas: antigüedad y reserva de plaza.
5. Excedencia por prestar servicios en el sector público
Procede cuando el personal estatutario pasa a prestar servicios en otra categoría de personal estatutario, como funcionario o como personal laboral en cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera obtenido la autorización de compatibilidad.
También puede darse cuando presta servicios en organismos públicos y no le corresponde quedar en otra situación administrativa.
La idea clave es que esta excedencia evita ocupar simultáneamente dos relaciones de servicio incompatibles. Si el trabajador pasa a otra relación pública, puede quedar en excedencia por prestación de servicios en el sector público.
6. Excedencia voluntaria
La excedencia voluntaria permite al personal dejar temporalmente de prestar servicios por causas previstas legalmente.
Una modalidad especialmente preguntable es la excedencia voluntaria por interés particular. El dato clásico de test es que exige un periodo mínimo de permanencia de dos años.
Durante la excedencia voluntaria por interés particular, como regla general, no se devengan retribuciones y el tiempo no computa a efectos de carrera, trienios o derechos en el régimen de Seguridad Social que corresponda, salvo las excepciones legalmente previstas.
La clave para no fallar es recordar que la excedencia voluntaria no es un permiso breve: es una situación administrativa con efectos importantes sobre retribuciones, reserva y cómputo de tiempo.
7. Suspensión de funciones
La suspensión de funciones puede ser provisional o firme.
La suspensión provisional puede adoptarse durante la tramitación de un procedimiento judicial o disciplinario, en los casos previstos legalmente.
La suspensión firme se produce como consecuencia de una sanción disciplinaria o resolución judicial. Durante la suspensión, el trabajador queda privado temporalmente del ejercicio de sus funciones.
Dato preguntable: la suspensión firme puede implicar la pérdida del puesto de trabajo cuando exceda de seis meses.
Esta situación no debe confundirse con una excedencia. En la excedencia hay una separación temporal por una causa administrativa concreta. En la suspensión hay una privación temporal del ejercicio de funciones, normalmente vinculada a un procedimiento disciplinario o judicial.
8. Jornada de trabajo en la Ley 5/2001
La Ley 5/2001 regula la jornada del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud.
Dato preguntable: las jornadas no serán superiores a cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual para el personal con especial dedicación, ni a treinta y siete horas y media semanales para el personal con dedicación normal.
También se prevé que los nombramientos puedan expedirse para jornada completa o dedicación parcial. Quienes presten servicios con dedicación parcial percibirán sus retribuciones con la reducción proporcional correspondiente.
La oposición suele preguntar las cifras: 40 horas para especial dedicación y 37,5 horas para dedicación normal.
9. Permisos y licencias
Los permisos son autorizaciones para ausentarse del trabajo por causas justificadas y durante un tiempo determinado.
Las licencias tienen un alcance más amplio y pueden estar vinculadas a motivos previstos por la normativa, como asuntos propios, formación u otros supuestos regulados.
En este tema conviene estudiar los permisos desde tres ideas:
Primera: deben estar justificados. Segunda: tienen duración y condiciones concretas. Tercera: pueden proceder de distintas normas, por lo que hay que atender al Estatuto Marco, a la Ley 5/2001 y al EBEP.
Un dato que aparece en materiales de apoyo es el permiso de lactancia de un hijo menor de doce meses, con derecho a una hora de ausencia del trabajo que puede dividirse en fracciones, conforme a la regulación aplicable.
10. Vacaciones
El Estatuto Marco reconoce el derecho a vacaciones anuales retribuidas.
Dato preguntable: la duración se formula como no inferior a treinta días naturales, o el tiempo proporcional que corresponda si el tiempo de servicios durante el año fue menor.
En test es habitual que aparezcan opciones como “un mes”, “treinta días naturales” o “no inferior a treinta días naturales”. La fórmula más ajustada al Estatuto Marco es no inferior a treinta días naturales.
11. Teletrabajo en el EBEP
El Estatuto Básico del Empleado Público regula el teletrabajo como una modalidad de prestación de servicios a distancia mediante tecnologías de la información y comunicación.
Dato preguntable: el teletrabajo debe ser expresamente autorizado, compatible con la modalidad presencial, voluntario y reversible, salvo supuestos excepcionales debidamente justificados.
El personal que teletrabaja mantiene los mismos derechos y deberes individuales y colectivos que el resto del personal que presta servicios presencialmente, salvo aquellos que sean inherentes a la prestación presencial.
También es importante recordar que la Administración debe proporcionar y mantener los medios tecnológicos necesarios para la actividad, en los términos previstos por la normativa.
12. Relación entre Ley 55/2003, Ley 5/2001 y EBEP
La Ley 55/2003 contiene el régimen básico estatal del personal estatutario de los servicios de salud.
La Ley 5/2001 adapta y desarrolla aspectos propios del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud.
El EBEP actúa como norma básica general del empleo público y puede aplicarse al personal estatutario en lo que proceda, sin desplazar su legislación específica.
La trampa está en pensar que el personal estatutario se rige solo por el EBEP. No es así. Se rige principalmente por su normativa específica, y el EBEP actúa como marco general en los términos previstos.
13. Ideas clave para el opositor
Este tema es muy de “dato concreto”. Hay que entender la lógica general, pero también memorizar algunas cifras y efectos.
Servicio activo: situación normal de prestación de servicios. Servicios especiales: cargos o actividades especiales, con efectos sobre antigüedad y reserva según el caso. Cooperación superior a seis meses: puede dar lugar a servicios especiales. Servicios bajo otro régimen jurídico: antigüedad y derecho de reincorporación durante tres años. Servicios de gestión clínica: antigüedad y reserva de plaza. Excedencia voluntaria por interés particular: mínimo de dos años. Suspensión firme superior a seis meses: puede suponer pérdida del puesto de trabajo. Dedicación normal: treinta y siete horas y media semanales de promedio. Especial dedicación: cuarenta horas semanales de promedio. Vacaciones: no inferior a treinta días naturales. Teletrabajo: autorizado, voluntario, reversible y compatible con presencialidad.
Resumen Ejecutivo
Ideas fuerza
- El Tema 4 estudia situaciones administrativas, permisos y licencias del personal estatutario.
- Las normas principales son la Ley 55/2003, la Ley 5/2001 del SMS y el EBEP.
- El servicio activo es la situación normal de prestación efectiva de servicios.
- Los servicios especiales pueden permitir cómputo de antigüedad y reserva en determinados casos.
- La cooperación superior a seis meses puede dar lugar a servicios especiales.
- En servicios bajo otro régimen jurídico existe derecho de reincorporación durante los tres primeros años.
- En servicios de gestión clínica se conserva antigüedad y reserva de plaza.
- La excedencia voluntaria por interés particular exige permanencia mínima de dos años.
- La suspensión firme superior a seis meses puede implicar pérdida del puesto.
- La dedicación normal tiene límite de 37,5 horas semanales de promedio anual.
- La especial dedicación tiene límite de 40 horas semanales de promedio anual.
- Las vacaciones anuales son de duración no inferior a 30 días naturales.
- El teletrabajo debe ser autorizado, voluntario, reversible y compatible con la modalidad presencial.
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Glosario
Servicio activo
Servicios especiales
Servicios bajo otro régimen jurídico
Servicios de gestión clínica
Excedencia voluntaria
Suspensión de funciones
Permiso
Licencia
Teletrabajo
FAQs
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Preguntas trampa habituales
Trampa 1. Confundir servicio activo con excedencia
El servicio activo es la situación normal de quien presta servicios. La excedencia implica dejar temporalmente de prestar servicios por una causa prevista legalmente.
Trampa
La situación administrativa ordinaria del personal estatutario que presta servicios efectivos es:
Trampa 2. Confundir servicios bajo otro régimen jurídico con pérdida de antigüedad
En servicios bajo otro régimen jurídico se mantiene el cómputo de tiempo a efectos de antigüedad.
Trampa
El personal en servicios bajo otro régimen jurídico tiene derecho:
Trampa 3. Confundir gestión clínica con pérdida de plaza
En servicios de gestión clínica se conserva el cómputo de antigüedad y la reserva de la plaza de origen.
Trampa
El personal declarado en servicios de gestión clínica tiene derecho:
Trampa 4. Confundir 37,5 horas y 40 horas
La dedicación normal se vincula a 37,5 horas semanales de promedio anual. La especial dedicación se vincula a 40 horas.
Trampa
Según la Ley 5/2001, la jornada con dedicación normal no será superior a:
Trampa 5. Pensar que el teletrabajo es obligatorio
El teletrabajo debe ser autorizado y, con carácter general, es voluntario y reversible.
Trampa
El teletrabajo en el EBEP, con carácter general:
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Tipo Test
Conceptual
¿Qué situación administrativa corresponde al personal que presta servicios efectivos con carácter ordinario?
Conceptual
¿Cuál de estas normas forma parte del contenido del Tema Común 4?
Conceptual
La Ley 5/2001 regula específicamente al personal estatutario de:
Examen
El personal autorizado para colaborar con ONG en programas de cooperación por periodos superiores a seis meses puede ser declarado en:
Examen
En servicios bajo otro régimen jurídico, durante los tres primeros años existe derecho a:
Examen
El personal en servicios de gestión clínica conserva:
Conceptual
Procede la excedencia por prestación de servicios en el sector público cuando el personal:
Examen
La excedencia voluntaria por interés particular exige, como dato preguntable habitual, un mínimo de permanencia de:
Conceptual
La suspensión de funciones puede ser:
Examen
La suspensión firme de funciones puede implicar pérdida del puesto de trabajo cuando exceda de:
Examen
Según la Ley 5/2001, la jornada de especial dedicación no será superior a:
Examen
Según la Ley 5/2001, la jornada de dedicación normal no será superior a:
Conceptual
Quienes presten servicios con dedicación parcial percibirán sus retribuciones:
Examen
Las vacaciones anuales en el Estatuto Marco tienen una duración:
Conceptual
Un permiso es:
Conceptual
El permiso de lactancia referido en los materiales de apoyo se vincula a un hijo menor de:
Conceptual
El teletrabajo es una modalidad de prestación de servicios:
Examen
La prestación de servicios mediante teletrabajo debe ser:
Examen
El teletrabajo, con carácter general, es:
Examen
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?